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LIMA, LIMA, Peru
Experiencia Profesional 30 Años al servicio del Magisterio Peruano, Trabajo actualmente en la I.E. Nº 6065 Perú-Inglaterra Villa El Salvador - LIMA, Bachiller en Administración de Empresas Escuela Tecnológica de Administración - ETA, Licenciado en Educación Universidad "José F. Sánchez Carrión" HUACHO - LIMA, DIPLOMADO EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS - UAP, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE MAESTRIA EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO - UCV

domingo, 12 de mayo de 2013

REFORMA O RETROCESO MAGISTERIAL


REFORMA O RETROCESO MAGISTERIAL

todo lo que es real es práctico
Williams James
La promulgación del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, mediante Decreto Supremo N 004-2013-ED, es el continuismo de las políticas neoliberales en el sector educación, traducidas como retroceso en los derechos del magisterio peruano.
La palabra “Reforma” significa: “modificar algo para mejorarlo”(1), lo que se tiene con la LRM y su Reglamento es una visión pragmática y espontánea de los problemas de la educación en general y del magisterio en particular.
La visión pragmática como componente del neoliberalismo, se concentra en el practicismo del maestro, quitarle el filo científico a la pedagogía por ende a la práctica del maestro. El maestro “facilitador” y “mediador” adecuado al modelo pragmático, en contraposición al maestro propositivo, de visión crítica, investigador de su realidad, con nuevas propuestas pedagógicas y teorías que refuercen su didáctica como razón de ser de la pedagogía.
El espontaneismo, como improvisación en la solución del problema educativo, desconocimiento de la realidad educativa,  sin validez ni confiabilidad de las políticas educativas que afirmen una solución inmediata o mediata a las cuestiones históricas de la educación peruana. Las experiencias aplicativas que confirmen la eficacia de las políticas de la LRM y su Reglamento no existen.
En esa concepción oscurantista en lo ideológico y macartista en lo político del brutal neoliberalismo, no se considera al maestro  como ser social y humano, se excluye su participación organizada, por ejemplo el Art. 34 (2)  en el Comité de Vigilancia se señala: preferentemente la participación del “empresariado” o “entidades gubernamentales no pertenecientes al sector educación”, es decir, nos dicen preferentemente no maestros para evaluar maestros. El maestro como agente educativo es marginado en la defensa de sus propios  intereses, siendo  tratado como un ser marginal.
En todo el Reglamento no se considera programas sociales de mejoramiento de la calidad de vida del maestro, se evidencia la ausencia de programas de vivienda, cultura y recreación, la reivindicación del maestro como agente educativo queda postergado o excluido de sus propios derechos conquistados. La perdida del Nivel Magisterial con el cambio a Escalas, es un velado engaño más, los cambios en las leyes son para mejorar no para retroceder o perder derechos.
Se considera haber encontrado la solución al problema del magisterio a  punta de “evaluaciones”, siendo evaluaciones para el despido, en el Art  49, denominado sarcásticamente “Programa de desarrollo profesional” Inciso 49.3 el diseño es simple: evaluación, desaprobación, “Programa de desarrollo profesional”, desaprobación y despido.
Cuando Stuart Mill y William James entre los principales iniciadores del pragmatismo y John Dewey del pragmatismo en la educación, como corriente dual entre el  pensamiento afín a  la metafísica y del racionalismo, fuera llevado al extremismo neoliberal, apareciendo ahora como dictadura, sometiéndolos a sus dominios, cualquier actitud contraria es definida como antisistema y antidemocrático.
Jaime Roque
12/05/13
PD: Este comentario fue a pedido de una combativa madre maestra, con el cual le brindo mis saludos, así como a todas las madres del Perú en su día.
REFERENCIAS
(1) Concepto de Reforma educativa: http://definicion.de/reforma-educativa/
(2) Reglamento de la LRM
(3) Idem