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LIMA, LIMA, Peru
Experiencia Profesional 30 Años al servicio del Magisterio Peruano, Trabajo actualmente en la I.E. Nº 6065 Perú-Inglaterra Villa El Salvador - LIMA, Bachiller en Administración de Empresas Escuela Tecnológica de Administración - ETA, Licenciado en Educación Universidad "José F. Sánchez Carrión" HUACHO - LIMA, DIPLOMADO EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS - UAP, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE MAESTRIA EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO - UCV

viernes, 13 de marzo de 2015

APRUEBAN LEY DE “CURUL VACÍA” PARA QUE ‘DESAFORADOS’ NO SEAN REEMPLAZADOS

Fuerza Popular se limpia la cara (con miras al 2016) y, en bloque, vota a favor a pesar de que Alberto Fujimori se opuso a la norma
Por Carla Mendoza
Foto: dedomedio.com
Con 72 votos a favor, entre ellos lo de Fuerza Popular, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley impide que los partidos políticos puedan reemplazar, a través de accesitarios, a sus legisladores sentenciados por los delitos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo, trata de personas y lavado de activos. En otras palabras, si un parlamentario es desaforado (expulsado) del Legislativo por los delitos mencionados, éste no tendrá sucesor, por lo tanto, su bancada se quedará con un integrante menos.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Constitución, Cristóbal Llatas explicó que con la denominada Ley de “Curul Vacía” las organizaciones políticas tendrán la necesitad de verificar los antecedentes de los aspirantes a congresistas.
¿BORRON Y CUENTA NUEVA?
Precisamente, en pleno año preelectoral y en evidente intento por sacudirse de las imputaciones del régimen de su líder histórico Alberto Fujimori, la bancada de Fuerza Popular – incluyendo al benjamín del clan nipón, Kenji Fujimori – votó a favor de la norma. Esto a pesar de que, desde la Diroes, el ex presidente cuestionó la ley porque, según su criterio, la responsabilidad no debe recaer en el partido político, sino únicamente en el legislador.
“El ciudadano otorga su voto al partido y no solo al ciudadano electo. La votación fija el número de escaños para cada agrupación política. La Constitución establece que son 130 congresistas, ni uno más ni uno menos. El delito penal es de la persona natural. No tiene por qué afectar al accesitario que no ha cometido transgresión”, afirmó el reo más caro del Perú a través de una misiva.
No obstante, horas antes de que el Pleno del Congreso aprobara la iniciativa, el legislador fujimorista, Héctor Becerril, rechazó la opinión del ex mandatario y aseguró que la ley permitiría que los partidos políticos tengan “mayor celo en escoger a sus candidatos si alguno comete el delito de narcotráfico o trata de personas”.
Solo para recordar. La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, reveló que está “trabajando” para que su partido “vaya más allá de un nombre, de una persona”, es decir, el de Alberto Fujimori, quien por cierto fue condenado a 25 años de cárcel por los crímenes en Barrios Altos y La Cantuta.
Pero no solo eso. El fundador del fujimorismo también fue sentenciado a ocho años por el caso Diario Chicha, seis años por usurpación de funciones, siete años por CTS a su exasesor Vladimiro Montesinos (también preso) y seis años por pagos a tránsfugas.  
UNO MENOS
Uno de los delitos para que no sea posible el uso del accesitario es el de trata de personas. Es por esta imputación que el legislador por Fuerza Popular, Víctor Grandez fue investigado en la Comisión de Ética, que recientemente aprobó suspenderlo por 120 días (la máxima sanción), tras considerar que éste no hizo nada para impedir que el hostal Toro Bravo- de propiedad de su octogenaria madre- permita el ingreso de menores de edad pese a las denuncias de trata y explotación sexual.  Sin embargo, tiempo atrás, para zafar del escándalo, la bancada naranja lo expulsó de sus filas.
¡No más golondrinos!
También, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que modifica diversos aspectos referidos a las funciones del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec). Esta iniciativa permite que dicha institución verifique la veracidad de los domicilio consignados por los ciudadanos, en función del porcentaje de concentración de electores en un sola vivienda, explicó el presidente de la Comisión de Constitución, Cristóbal Llatas.
De igual manera, se dispuso que la multa aplicable a quienes no actualicen sus datos en el Documento Nacional de Identidad (DNI), luego de más de 30 días, sea equivalente a 0.3 por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/. 11.00 soles.
  http://diario16.pe/noticia/58471-aprueban-ley-curul-vacia-para-que-desaforados-no-sean-reemplazados