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LIMA, LIMA, Peru
Experiencia Profesional 30 Años al servicio del Magisterio Peruano, Trabajo actualmente en la I.E. Nº 6065 Perú-Inglaterra Villa El Salvador - LIMA, Bachiller en Administración de Empresas Escuela Tecnológica de Administración - ETA, Licenciado en Educación Universidad "José F. Sánchez Carrión" HUACHO - LIMA, DIPLOMADO EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS - UAP, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE MAESTRIA EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO - UCV

martes, 5 de agosto de 2014

EL DISTINGUIDO DOCTOR Y DIRECTOR DE LA I.E. N° 6065 PERÚ-INGLATERRA DE VILLA EL SALVADOR JAIME ROQUE SÁNCHEZ HACE UN ANÁLISIS DE LO QUE ES LA EDUCACIÓN EXCEPCIONAL Y DE LICENCIAMIENTO QUE PUSO ÉNFASIS EN SU DISCURSO DEL 28 DE JULIO DEL 2014 EL PRESIDENTE OLLANTA HUMALA

EDUCACIÓN EXCEPCIONAL Y DE LICENCIAMIENTO
En su discurso de 28 de Julio, el presidente Ollanta puso énfasis en el tema educativo y la salud pública, en el caso educativo observamos que viene teniendo una visión castrense del problema y de sus posibles soluciones, creando élites o comandos que nos van a sacar de la crisis educativa, con los términos “Excepcional”  en las evaluaciones magisteriales y del “Licenciamiento” planteada en la Nueva Ley Universitaria.
Según la RAE  la palabra “Excepcional” significa: “Que se aparta de lo ordinario o que ocurre rara vez”, término que el MED viene usando para cada  uno de los concursos de directivos y ascensos de nivel, denominándolos: “Evaluación Excepcional de Directivos” y el  “Concurso Excepcional de Reubicación”.
Con el actual gobierno de Ollanta, con respecto a la educación peruana nuevamente tenemos 5 años perdidos, donde predomina la improvisación y la aplicación de recetas del BID  que no tienen sustento en nuestra realidad que muestra sus variantes en su diversidad cultural y/o multicultural.
Es importante que para nuestra   educación se invierta más, como el anuncio de los 4 Mil Millones (equivalente al 0,05 del PBI), ojalá se cumpla lo ofrecido, lo que se debe tener presente es que la calidad educativa no se compra en una esquina o se adquiere como un producto del mercado, si no que se van construyendo los factores que influyan o permitan alcanzar esa ansiada calidad que debe ser continua y permanente y que no ocurra rara vez.
Centrar  la política educativa actual en las Rutas del Aprendizaje (RdA) es ir por el camino de las seudo ciencias, sin norte específico o sin resultados valederos que nos muestren reales resultados, son la muestra de la improvisación que se confronta a la pedagogía como ciencia.
Algunas consideraciones sobre este tema son las siguientes:
·        Las RdA continúan con la moda del pragmatismo, en su base instrumentalista y utilitarista. La cuestión es hacer y hacerlo bien, es decir, que al menos cumpla con la definición de competencia, que la misma OCDE propone: “Hacer las cosas de manera eficaz”.  No propone  un cambio de contenidos, solo es un cambio de forma.
·        Son simplemente una propuesta de enseñanza, dentro del conjunto de propuestas existentes en estos momentos en el campo educativo, son “herramientas”, referido básicamente a la metodología de enseñanza instrumentalista. Son los mismos expositores del MED quienes señalan  que es todavía una propuesta; expensa  todavía a mejoramientos dentro de su proceso de aplicación, la cuestión para ellos es sólo aplicarlo, no interesa ni saben cuál es el producto que se pretender conseguir como resultado de estas políticas educativas.
·        No tiene  validez, es decir, la  aplicación de ella no garantiza que los alumnos aprendan o haya un mejoramiento en los logros de  aprendizaje, A casi dos años de su aplicación  no hay un impacto educativo que se haya producido, al menos los reportes no lo indican. No tiene evidencia científica en su aplicación, ninguna autoridad o personalidad del mundo académico educativo de nuestro país, se ha pronunciado a favor de las RdA, inclusive viene causando confusión entre los maestros acerca de su aplicación, con la ausencia de marcos referenciales  e implementación con desconocimiento de las realidades y de su contexto.
·        Las bases fundamentales de las RdA siendo pragmáticas, al no tener sustento teórico científico, su propuesta linda con la seudo ciencia, es decir tienen como característica el dogmatismo castrense, aceptarlo y aplicarlo sin dudas ni murmuraciones;  al no aceptar la contradicción no tienen la validez y tampoco tienen consistencia interna ni externa.
·        Pretenden convertir al maestro en un técnico aplicador de metodologías pre determinadas, cortando la posibilidad de la investigación y la libertad de crear didácticas y estrategias de enseñanza de acuerdo a la realidad y contexto de los alumnos.
Por otra parte, la burla al magisterio con sueldos por debajo del costo de la canasta básica familiar, siendo considerados como los peores pagados de América Latina, exigiéndoles al magisterio concursar con meritocracia pero para los allegados al MED exonerándoles de contar con un título profesional, con sueldos que sobrepasan los 10 Mil Nuevos Soles, eso también es excepcional, se aparta de lo ordinario.
La creación de escuelas modernas con emisión del Bachillerato Internacional, sólo beneficia a un reducido número de alumnos, y no contempla a los cerca de 6 millones de alumnos que hay en nuestro país, pues no se trata de crear una élite o alumnos excepcionales, si no el de masificar la educación de calidad, donde la escuela se convierta en un eje impulsor del crecimiento con desarrollo.
Es decir, en educación nos encontramos entre lo “Excepcional” y el “Licenciamiento”, como lo señala esto último en la Nueva Ley Universitaria (Articulo 28º).
Según la RAE Licenciamiento es “Acción y efecto de licenciar (dar licencia a los soldados)”.
Desde el  inicio esta Nueva Ley va contra la Constitución que en el Artículo 1º, señala “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”, que han puesto en primer orden el “modelo institucional”. Veamos una comparación del Articulo 1º de la Anterior y Nueva Ley Universitaria:
LEY UNIVERSITARIA Nº 23733
ARTICULO 1°- “Las Universidades están integradas por profesores, estudiantes y graduados. Se dedican al estudio, la investigación, la educación y la difusión del saber y la cultura, y a su extensión y proyección sociales. Tienen autonomía académica, económica, normativa y administrativa, dentro de la ley”.
NUEVA LEY UNIVERSITARIA
Artículo 1°.- Objeto de la Ley
“La presente ley tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad  educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura.
Asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad.
El Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria”. (Subrayado nuestro)
Además, volviendo a nuestro análisis, primero señalan una de las funciones de la Superintendencia  SUDENU, mencionándola en el Artículo 9º: “Cualquier miembro de la comunidad universitaria debe denunciar ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, la comisión de actos que constituyan indicios razonables de la existencia de infracciones a la presente ley”. Pero el SUNEDU recién es creado en el Artículo 12º de la misma ley.
Esta misma Nueva Ley Universitaria del “Licenciamiento” es excluyente,  se va contra todos los parámetros de la educación moderna, al contravenir lo que viene ocurriendo en el mundo con la educación virtual, on line o también el denominado e-learning,  que se viene ejecutando en muchos países de Europa y de América Latina como en Chile. Colombia y México, que ofrecen carreras y post grados bajo estas modalidades. Sin embargo se plantea como requisito para cargos directivos los estudios de Doctorados o Maestrías obtenidos de forma presencial (Articulo 17º)
Esta es la educación que ocurre  rara vez y de licenciamiento de la tropa.
JAIME ROQUE
30/07/2014