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LIMA, LIMA, Peru
Experiencia Profesional 30 Años al servicio del Magisterio Peruano, Trabajo actualmente en la I.E. Nº 6065 Perú-Inglaterra Villa El Salvador - LIMA, Bachiller en Administración de Empresas Escuela Tecnológica de Administración - ETA, Licenciado en Educación Universidad "José F. Sánchez Carrión" HUACHO - LIMA, DIPLOMADO EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS - UAP, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE MAESTRIA EN GESTIÓN EDUCATIVA UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO - UCV

viernes, 30 de diciembre de 2011

ES NECESARIO CONOCER ASPECTOS ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL DERECHO DE OPOSICIÓN

El derecho de oposición en lo registral

Legislación prevé excepciones para defensa de los administrados Wuilber Alca Robles *


Una de las características del procedimiento registral, además de ser un recurso especial cuya finalidad es la inscripción de un título, es el de ser un método de naturaleza no contenciosa, es decir, contrario a todo litigio o conflicto.

Lo no contencioso parte por asumir que en el procedimiento registral no se aceptará apersonamiento de terceros una vez este iniciado ni el aceptar oposición a las inscripciones ya efectuadas. Así, en el procedimiento registral existe solo una parte, que es el presentante del título. No obstante ello, tenemos el Derecho de Oposición regulado en el artículo 107 de la Ley Nº 27444.
¿Entonces es procedente e inscribible el Derecho de Oposición al procedimiento de inscripción de un título? En principio no, pues la base de nuestro sistema registral no ampara en general el derecho de oposición, debiendo proceder de haberse solicitado vía título presentado por el Diario, con la tacha sustantiva conforme al Reglamento General de Registros Públicos, al no tener vocación de inscribible el derecho de oposición, conforme a la Resolución Nº 1357-2010-SUNARP-TR-L.
De apelarse ante la segunda instancia registral para bloquear cualquier eventual trámite de inscripción, esta debe confirmar la tacha liminar según la Res. Nº 596-2011-SUNARP-TR-L. Así, de haber sido recurrida vía apelación respecto de una observación o tacha a un título en trámite, si en esencia se tratara de una oposición a la inscripción de un título en trámite, el recurso será improcedente.

* Abogado registrador público

viernes, 23 de diciembre de 2011

PODER JUDICIAL CORTE DE LIMA Precisan recepción de los expedientes


Precisan recepción de los expedientes
Nueva medida dará uniformidad en el ingreso de estos casos
Transparencia. Corte de Lima da medidas para mejorar labor judicial.Para una mejor labor jurisdiccional, la Corte de Justicia de Lima aprobó diversas pautas referidas a la recepción de expedientes administrativos por parte del centro de distribución general, mediante la RA Nº 38-2011-CED-CSJL/PJ.

Así, refiere que todos los expedientes administrativos destinados a los diversos juzgados y salas superiores de este distrito judicial deberán ser recibidas a través de los diversos centros de distribución general de la corte. Además, para su admisión, agrega que éstos deberán ser correctamente foliados.
Dicha foliación consiste en consignar numeración correlativa en cada una de las hojas del expediente, a fin de asegurar la conservación de cada pieza documental y la integridad del documento en sí mismo.
Según la norma, los asistentes del Centro de Distribución General serán responsables de verificar la foliación completa y correcta de estos expedientes; debiendo efectuar el conteo y revisión de cada folio teniendo a la vista la foliación asignada por el órgano administrativo, así como, de ser el caso, señalar su conformidad con la foliación en el mencionado rubro "observación".
En consecuencia, el expediente que no cuente con foliación o éste sea incorrecto será rechazado, prohibiéndose su recepción, salvo que el remitente proceda a la foliación o lo corrija, consignando tal situación, refiere la norma.
http://www.elperuano.pe/Edicion/noticia-precisan-recepcion-los-expedientes-34212.aspx

domingo, 18 de diciembre de 2011

BUSCANDO QUE DESARROLLAR UN BUEN INICIO EDUCATIVO - 2012 EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN HACE DE CONOCIMIENTO AL MAGISTERIO NACIONAL LAS DIRECTIVAS EDUCATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GARANTIZA BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR 2012
Con contratación oportuna de maestros y entrega de materiales educativos en forma oportuna
El viceministro de Gestión Pedagógica, Martín Vegas Torres, anunció que ya se inició el proceso la contratación de profesores para que en marzo los docentes estén en sus respectivos colegios iniciando las clases escolares, puntualizado que este proceso antes se realizaba entre los meses de marzo y mayo, pero que ahora con las medidas que se están implementado con parte de la campaña iniciada por el Ministerio de Educación el pasado 13 de diciembre del buen inicio del año escolar , no habrá contratiempos en los casi 60 mil colegios públicos del país.
“Se ha hecho un reajuste en el cronograma de contrataciones que nos permite iniciar el proceso en diciembre” expresó Vegas Torres, luego de agregar que los estudiantes de nivel Primaria recibirán durante el año mil 100 horas de clases mientras que los de Secundaria mil 400.
En cuanto al material pedagógico manifestó que su distribución se realizará de acuerdo a un cronograma establecido.
Con relación al mejoramiento de infraestructura de las instituciones educativas, manifestó que los montos asignados por este concepto ya se encuentran consignados en el Portal Web del ministerio de Educación de tal manera que los padres de familia puedan manejar la información y ejercer vigilancia.
Sobre el informe que señala que un alto porcentaje de directores no han rendido cuentas del dinero que se les dio para el mantenimiento de sus colegios, el funcionario indicó que esas cifras fueron calculadas hasta el mes de junio y que a partir de ese mes a diciembre los montos han disminuido. “En marzo habrá la rendición de cuentas del dinero entregado a los colegios públicos”, agregó Vegas Torres.

viernes, 16 de diciembre de 2011

MINISTRA DE EDUCACIÓN PATRICIA SALAS ANUNCIA QUE ESTA EN CURSO EL DECRETO QUE PONE FIN A LA MUNICIPALIZACIÓN EDUCATIVA

MINISTRA DE EDUCACION PATRICIA SALAS Y EX AUTORIDADES EDUCATIVAS DE ALAN GARCIA RECONOCEN QUE ES UN FRACASO LA PREGONADA MUNICIPALIZACION EDUCATIVA Y QUE NO VA MAS.

Por: Lic. Pedro Sánchez Casas
Finalmente el Ministerio de Educación y ex-autoridades educativas se dan cuenta que la pregonada Municipalización de la Educación es un desacierto y que se tiene que suspender, es lamentable tener autoridades ciegas, sordas y mudas, que no fueron capaces de analizar que el D.S. Nº 078-2006-PCM que autorizó al Ministerio de Educación durante el gobierno de Alan García, llevar acabo un Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa en los niveles de Inicial y Primaria; Plan que fue aprobado mediante la R.M. Nº 0031-2007-ED, y que posteriormente se amplio al nivel secundario con D.S. Nº 005-2008-ED, era un desacierto, que instituciones conocedoras de ésta imposible situación en su momento se pronunciaron como el SUTEP y otros en contra de esta medida pero no fueron escuchadas, hoy los responsables y ex-responsables de la educación reconocen que se equivocaron.
Pero tomarán conciencia del inmenso daño que hicieron al sistema educativo, creen que se recuperará las situaciones difíciles por la que pasaron la personas involucradas en ésta situación, creen que es posible soportan tanta arrogancia de las autoridades de entonces que defendieron el Sistema de la Municipalización bastará con golpearse el pecho y decir alegremente NOS EQUIVOCAMOS, la historia educativa los juzgará por el daño hecho, especialmente los que no tienen los medios económicos para una educación de calidad.
¿Y qué dirán ahora los compañeros (apristas) que manejaron el Ministerio de Educación?...